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BOC Nº 192. Miércoles 4 de Octubre de 2017 - 4688

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa Cruz de La Palma

4688 EDICTO de 3 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000459/2010.

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BOC-A-2017-192-4688. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Santa Cruz de La Palma, a cinco de julio de dos mil dieciséis.

Vistos por el S.Sª. Dña. María Gemma López Rodríguez, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Santa Cruz de La Palma y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con el nº 459/2010, promovidos por la Procuradora de los Tribunales doña Gloria Isabel Zamora Rodríguez en representación de doña Damaris Morales Hernández contra las partes demandadas don Akel Hoppemann, representada por doña María Nieves Rodríguez Riverol; doña Elga Widdethic, declarada en situación de rebeldía procesal y contra la Comunidad de Propietarios del Complejo de Apartamentos El Lago Azul representados por el Procurador de los Tribunales José Manuel Sosvilla Luis, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, y vistos los siguientes;

FALLO

Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Gloria Isabel Zamora Rodríguez en representación de doña Damaris Morales Hernández contra las partes demandadas don Akel Hoppemann, representada por doña María Nieves Rodríguez Riverol; doña Elga Widdethic, declarada en situación de rebeldía procesal y contra la Comunidad de Propietarios del Complejo de Apartamentos El Lago Azul representados por el Procurador de los Tribunales José Manuel Sosvilla Luis, debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos efectuados en su contra, con expresa imposición de las costas a la parte actora.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a la notificación.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. Elga Widdethic, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Santa Cruz de La Palma, a 3 de julio de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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