Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 076. Martes 17 de Abril de 2007 - 1460

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria

1460 - EDICTO de 1 de marzo de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0001100/2005.

Descargar en formato pdf

D. Miguel Palomino Cerro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a cuatro de octubre del año dos mil seis.

Vistos por D. Miguel Palomino Cerro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de esta ciudad y de su partido, los presentes autos de Juicio Declarativo Ordinario identificados con el nº 1100/2005, seguidos a instancia de Volkswagen Finance, S.A., representada por el Procurador D. Alfredo Crespo Sánchez, bajo la dirección del Letrado D. Antonio M. Tegedor de Ron, contra Dña. María Soledad Vilarnovo Santos, declarada en situación procesal de rebeldía, en nombre de Su Majestad el Rey pronuncia la siguiente resolución:

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Alfredo Crespo Sánchez, que actúa en nombre y representación de Volkswagen Finance, S.A., debo condenar y condeno a Dña. María Soledad Vilarnovo Santos, declarada situación procesal de rebeldía, al pago a la demandante de la suma de diez mil setecientos setenta y dos euros con diecisiete céntimos (10.772,17), más los intereses convenidos por las partes y devengados desde el 16 de julio de 2005, debiendo la demandada abonar el importe de las costas generadas en la tramitación de esta causa.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, recurso que deberá prepararse anunciándolo ante este órgano judicial en el término de cinco días contados a partir de su notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de marzo de 2007.- El/la Magistrado-Juez.-El/la Secretario.

© Gobierno de Canarias