Estás en:
Dña. Pilar Olmedo López, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de La Orotava y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Vistos por mí, Pilar Olmedo López, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de La Orotava, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso que con el nº 316/2004 se han seguido en este juzgado a instancia de la procuradora Dña. María de los Ángeles Martín Felipe en nombre y representación de Dña. María Macarena González Martín.
En La Orotava, a 12 de abril de 2006.
FALLO
Acuerdo estimar la demanda formulada por la procuradora Dña. María de los Ángeles Martín Felipe y decreto la disolución del matrimonio celebrado entre Dña. María Macarena González Martín y D. Raúl Luis Arbelo el 21 de julio de 2000. Todo ello sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en un plazo de 5 días ante este juzgado a contar desde el siguiente a la notificación.
Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Orotava, a 14 de junio de 2006.- El/la Juez.- El/la Secretario.
© Gobierno de Canarias