Estás en:
BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS VACANTES DE CARÁCTER INDEFINIDO Y CREACIÓN DE LISTAS DE CONTRATACIÓN TEMPORAL Y RESERVA PARA EL CONSORCIO SANITARIO DE TENERIFE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27, 1, 1.1 y 1.2, del Convenio Colectivo vigente, referido a la selección del personal laboral fijo, así como lo previsto en el epígrafe, 3, 3.1 del citado artículo 27, referido a la gestión de las listas de contratación del personal laboral temporal, en esta Administración, en relación con lo establecido en la Disposición Transitoria V del mismo texto legal y lo dispuesto en la base tercera, punto 1, de las bases genéricas para la provisión de plazas vacantes de carácter indefinido en el Consorcio Sanitario de Tenerife, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 18, de 28 de enero de 2004, esta Gerencia, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en los Estatutos del Consorcio Sanitario de Tenerife,
DISPONE:
Aprobar las bases específicas que han de regir la provisión de plazas vacantes, incluidas en la Oferta de Empleo Público, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 221, de 12 de noviembre de 2003 y la Oferta de Empleo Público Adicional, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 161, de 20 de agosto de 2004, y la creación de una lista de contratación temporal y reserva en el Consorcio Sanitario de Tenerife, siendo de aplicación con carácter supletorio a las presentes, las bases genéricas de selección citadas anteriormente.
BASES
Primera.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de plazas vacantes del Consorcio Sanitario de Tenerife, recogidas en la Oferta de Empleo Público mencionada en el párrafo anterior y la creación de una lista de contratación temporal y reserva.
Ver anexos - páginas 17829-17830
Tercera.- Solicitudes, documentación y admisión de los aspirantes.1. Solicitudes:
1.1. El modelo de instancia (anexo I) será autocopiativo, con formato para lectura óptica y se facilitará en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, y en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Además, se expondrá en la dirección de internet: www.huc.es, no pudiendo utilizarse el impreso publicado en este medio por carecer de formato autocopiativo y lectura óptica. El modelo de instancia debidamente cumplimentado, con la documentación requerida, deberá presentarse en cualquiera de las Áreas de Información aludidas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 22 de noviembre, en su redacción dada por la Ley de modificación 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 20 días naturales a contar a partir de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Canarias.
1.2. En el modelo de instancia mencionado, los interesados cumplimentarán además de los datos personales, la casilla "código plaza", referida al código numérico que se recoge en el anexo II a este Decreto, correspondiente a la plaza a la que el aspirante presenta solicitud. Así mismo, los interesados deberán rellenar la casilla en la que se indica el turno por el que se participa, esto es, Turno de Acceso Libre, Turno de Reserva por Minusvalía o Turno de Reserva por Promoción Interna.
1.3. La tasa por los derechos de inscripción será la que se expresa en el siguiente cuadro, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 22/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2004, en las convocatorias para la selección de personal. El pago de dicha tasa deberá abonarse en la cuenta corriente de la Caja General de Ahorros de Canarias (CajaCanarias) número 2065/0000/07/1114005461, indicándose expresamente en el impreso de ingreso: el nº de D.N.I., pasaporte o N.I.E., el nombre y apellidos del aspirante.
o se procederá a la devolución de la tasa por los derechos de inscripción en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.En ningún caso la presentación y el pago en la entidad bancaria colaboradora, supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la instancia.
2. Documentación:
A la instancia se deberá acompañar la siguiente "Documentación":
2.1. Declaración Responsable, según modelo indicado en el anexo III.
2.2. Impreso original que justifique haber realizado el pago de la tasa por los derechos de inscripción, en el que se reflejen, el nº de D.N.I., pasaporte o N.I.E., el nombre y apellidos del aspirante.
2.3. Fotocopia compulsada del D.N.I., del pasaporte o del N.I.E., o cualquier otro documento legal acreditativo de su personalidad.
2.4. Fotocopia compulsada de la titulación establecida como requisito específico en las presentes bases, para la categoría profesional de la plaza a la que se presenta el aspirante, o en su defecto el justificante del pago de las tasas que dan derecho al título correspondiente. En caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse la equivalencia. Así mismo, en caso de que se haya obtenido la titulación en el extranjero, será preceptivo el documento acreditativo de que la misma se encuentre homologada.
2.5. Certificación de la experiencia profesional en la forma prevista en la base undécima, 3, para una plaza de Facultativo Adjunto de Microbiología y Parasitología (Experiencia profesional en el campo de Epidemiología y control de las Infecciones Hospitalarias).
2.6. El impreso cumplimentado, recogido en el anexo IV, en virtud del cual se solicita la opción de reserva de puntuación correspondiente a la última convocatoria para la provisión de plazas vacantes de carácter indefinido, realizada en el extinto "HECIT" (B.O.C. nº 37, de 24.3.00), en la fase superada de oposición (prueba teórica, práctica y psicotécnica) de la misma categoría profesional a la que se presenta solicitud, renunciándose expresamente a participar en dicha fase de oposición en la presente convocatoria, pudiéndose solicitar esta reserva para las plazas de Enfermeros, Asistente Social, Técnicos Especialistas en Radiodiagnóstico, Técnicos Especialistas en Laboratorio, Auxiliares Administrativos, Auxiliares de Farmacia y Material Sanitario, Técnicos Especialistas en Mantenimiento (Electricidad) y Auxiliares de Recepción y Archivo. En el caso de que se concurra para la lista de contratación temporal y reserva de 60 Ayudantes de Cocina y se acredita estar en posesión del título de Técnico en Cocina o Formación Profesional de Primer Grado equivalente, se podrá solicitar igualmente la opción de reserva de puntuación, de la fase superada de oposición (prueba teórica, práctica y psicotécnica) correspondiente a la última convocatoria para la constitución de lista de contratación temporal y reserva, de Operario de Servicios Generales, realizada en el extinto "HECIT" (B.O.C. nº 37, de 24.3.00), renunciándose expresamente a participar en dicha fase de oposición en la presente convocatoria. Así mismo, deberá cumplimentarse para hacer efectiva la reserva de nota mencionada, el impreso recogido en el anexo V a esta Resolución, denominado "Impreso de Reserva de Nota Anterior, Lista de Contratación Temporal y Reserva de Ayudantes de Cocina".
2.7. En su caso, certificación acreditativa de la condición de minusvalía en los términos previstos en la base cuarta, 2, de las presentes bases.
2.8. Además, en el caso de las plazas de Medico Adjunto y Facultativo Adjunto los aspirantes deberán presentar ocho ejemplares del Proyecto Técnico.
3. Admisión de aspirantes:
3.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se hará pública en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la dirección de internet: www.huc.es, la Resolución mediante Decreto de la Gerencia que aprobará la "lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos", motivándose la causa de dicha exclusión.
3.2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley de Modificación, 4/1999, de 13 de enero, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del Decreto de la Gerencia que aprueba la "lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos", para reclamaciones y para subsanar en su caso el defecto que haya motivado la exclusión o los errores de hecho que hubieran podido detectar.
3.3. La "lista definitiva de admitidos" a la presente convocatoria se publicará en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, mediante la certificación de las actas de los Órganos de Selección, designados para el efecto.
Cuarta.- Turnos de reserva y acceso libre.
1. Turno de Reserva por Promoción Interna:
1.1. Se entenderá por promoción interna al acceso del personal de plantilla del Consorcio Sanitario de Tenerife o al acceso del personal de plantilla del resto de los centros hospitalarios del extinto HECIT, que se encuentren en servicio activo, entendiéndose por servicio activo el personal que viene prestando efectivamente sus servicios o está en situación de reserva de puesto de trabajo, perteneciente a grupos iguales o inferiores, que reúnan los requisitos generales y específicos exigidos en la presente convocatoria.
1.2. Los requisitos indicados para participar por turno de promoción interna deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. La fase de oposición por el sistema de promoción interna tendrá el mismo contenido que la fase de oposición de las pruebas de selección para el turno de acceso libre.
2. Turno de Reserva por Minusvalía:
2.1. En los procesos selectivos de la presente convocatoria, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.
2.2. Las plazas que se reserven por el turno de minusvalía, de conformidad con el Decreto 43/1998, de 2 abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral, serán el 3% del total de las plazas previstas en la Oferta de Empleo Público, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 221, de 12 de noviembre de 2003 y la Oferta de Empleo Público Adicional, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 161, de 20 de agosto de 2004.
2.3. La opción a las plazas que se reserven en las presentes bases para quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía, con un grado igual o superior al 33%, habrá de formularse en el modelo de instancia de participación en la convocatoria, con declaración expresa de los interesados de reunir la condición legal exigida al respecto, mediante certificación original o compulsada presentada en el momento en el que se presente la solicitud en los términos previstos en el mencionado Decreto 43/1998, de 2 abril, o mediante certificación legal del Órgano competente de las restantes Administraciones, que se presentará igualmente, mediante certificación original o compulsada, junto al modelo de instancia de participación en la convocatoria.
2.4. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales que concurran, tienen que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente instancia, que cumplen las condiciones adecuadas, mediante certificación expedida de conformidad con lo expresado en el citado Decreto 43/1998, de 2 abril, en la que se especifique qué tipo de adaptación funcional es necesaria para la realización de las pruebas (que en ningún caso podrá desvirtuar el carácter de las mismas, cuyo objetivo es la valoración de las competencias de los aspirantes para el desempeño propio de la plaza a la que concurren) y qué tipo de adaptación funcional es necesaria para la potencial realización del trabajo de la plaza a la que se presentan.
3. Turno de Acceso Libre:
3.1. Las plazas no reservadas para el turno por promoción interna, ni para el turno por minusvalía se asignarán al turno de acceso libre.
3.2. Las vacantes de los turnos de promoción interna y de minusvalía que queden desiertas, se acumularán a las ofrecidas al turno de acceso libre.
Quinta.- Órganos de selección.
De acuerdo con la base quinta de las mencionadas bases genéricas, relativa a la composición, designación y actuación de los Órganos de Selección, epígrafe 1.1, el Presidente del Consorcio Sanitario de Tenerife, mediante Decreto publicado en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la dirección de internet: www.huc.es, designará nominalmente a los miembros de los Órganos de Selección, especificándose el nombre del cargo que ocupan en esta Administración u otras Administraciones, en un plazo no superior a 30 días contados a partir de la publicación de este Decreto.
Sexta.- Sistema selectivo y desarrollo de las pruebas.
1. Sistema selectivo:
1.1. El sistema selectivo para las plazas convocadas será el de oposición-concurso, teniendo la fase de oposición carácter eliminatorio. No obstante, el sistema de selección, para las plazas convocadas de Ordenanza, Operario de Limpieza y Operario de Lavandería, será el de concurso. El Órgano de Selección podrá acordar motivadamente la realización de una entrevista personal estructurada, que no tendrá carácter eliminatorio. El desarrollo de cada una de las fases del proceso selectivo (oposición, concurso y entrevista personal estructurada) será determinado en la base específica de esta convocatoria referida a la plaza para la que se concurra.
1.2. Se aplicará un sistema de "pesos", en virtud del cual cada una de las fases del proceso selectivo, que afecten a las plazas convocadas, esto es, oposición, concurso y entrevista personal estructurada (opcional y no eliminatoria), se computará de acuerdo con un "peso" o porcentaje, tal y como se expresa en las "Tablas" de la base específica recogida en esta Resolución de la plaza por la que se concurra. De no realizarse entrevista personal estructurada, el "peso" asignado a la misma se repartirá entre las restantes fases del proceso selectivo en proporción a los respectivos "pesos" de dichas fases.
1.3. Una vez halladas las puntuaciones (que se especifican en este párrafo), de conformidad con el sistema de "pesos" descrito en el epígrafe anterior, podrán acceder exclusivamente a la entrevista personal estructurada, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y hayan obtenido una puntuación en la misma, que sumada a la puntuación obtenida en la fase de concurso y sumada a la puntuación máxima posible de la entrevista personal estructurada (esto es, 1,5 puntos en escala decimal, en las categorías profesionales de los Grupos A y B, 1 punto en escala decimal, en las categorías profesionales del Grupo C y 0,5 puntos en escala decimal, en las categorías profesionales de los Grupos D y E), fueran susceptibles de obtener plaza o en el caso de ser aspirante a Lista de Contratación Temporal y Reserva, fueran susceptibles de quedar integrados en dicha lista. En el supuesto de realizarse entrevista personal estructurada, el Órgano de Selección podrá incorporar a la puntuación final de ésta, la valoración de las competencias genéricas obtenidas en la prueba psicotécnica.
1.4. La puntuación final del proceso selectivo se obtendrá otorgándole al candidato que obtenga la máxima puntuación posible en la fase oposición, la máxima posible en escala decimal (esto es, 4 puntos en las categorías profesionales de los Grupos A, B, C y D y 3,5 puntos en las categorías profesionales del Grupo E), así mismo se otorgará al candidato que obtenga la máxima puntuación posible en la fase de concurso (que será el resultante de la suma de todos los méritos posibles recogidos en el Documento de Autobaremación correspondiente a la categoría profesional por la que se participe), la máxima posible en escala decimal (esto es, 4,5 puntos en las categorías profesionales de los Grupos A y B, 5 puntos en las categorías profesionales del Grupo C, 5,5 puntos en las categorías profesionales del Grupo D y 6 puntos en las categorías profesionales del Grupo E). Si se celebra entrevista personal estructurada (opcional y no eliminatoria) se otorgará al candidato que obtenga la máxima puntuación posible en esta fase (esto es 10 puntos), la máxima posible en escala decimal (a saber, la puntuación expresada en el punto 1.3 de esta base). A los candidatos que no obtengan la máxima puntuación posible (en las fases mencionadas de oposición, concurso y entrevista personal estructurada), se les asignará la puntuación proporcional expresada en escala decimal que les corresponda en la fase de oposición, en la fase de concurso y la que les corresponda en la entrevista personal estructurada, expresada igualmente en escala decimal. La suma del cálculo en escala decimal de las tres fases del proceso selectivo determinará la puntuación final de los candidatos.
1.5. Obtenida la puntuación final, el Órgano de Selección publicará en los tablones de anuncios y en la dirección de internet: www.huc.es, la relación por orden de puntuación de los aspirantes seleccionados y elevará la propuesta de los mismos al Consejo de Administración, a través de la Gerencia.
2. Desarrollo de las pruebas:
2.1. El desarrollo de las pruebas selectivas de las que consten las distintas fases del proceso selectivo seguirá el siguiente orden: prueba teórica o prueba teórico-práctica o, en su caso, proyecto técnico; prueba práctica o, en su caso, supuestos teórico-prácticos; prueba psicotécnica; valoración de currículum profesional y entrevista personal estructurada.
2.2. La fecha, hora y lugar en que se realizará la primera prueba se recogerá en la certificación del acta del Órgano de Selección que aprueba la "lista definitiva de admitidos", publicándose la misma en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la dirección de internet: www.huc.es, con un mínimo de cinco días naturales de anterioridad a la realización de la prueba mencionada.
2.3. Los aspirantes serán convocados, con un mínimo de cinco días naturales, para cada prueba en llamamiento único, mediante sucesivas publicaciones en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife, siendo excluidos del procedimiento selectivo quienes no comparezcan, a cada una de ellas, provistos del D.N.I., Pasaporte, N.I.E. u otro documento legal acreditativo de su personalidad.
2.4. El orden de actuación de los aspirantes, cuando proceda, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que resulte elegida por sorteo.
2.5. Los Órganos de Selección adoptarán las medidas oportunas en orden a que las pruebas escritas de la fase de oposición sean corregidas con la menor dilación posible y sin conocimiento de la identidad del aspirante. Cuando el ejercicio consista en una prueba de carácter oral o en la lectura de un ejercicio escrito ante el Órgano de Selección, la puntuación de los aspirantes que la hubieran superado se hará pública al término de cada sesión.
2.6. Los empates que se produzcan en la puntuación final se resolverán a favor del aspirante que haya obtenido mejor puntuación en la fase con mayor "peso" asignado en el proceso. En caso de persistir tal circunstancia se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mejor puntuación en la segunda fase con mayor "peso" asignado al proceso y así sucesivamente. Si aún así persiste el empate se resolverá a favor del candidato con mayor edad.
2.7. Si en algún momento del proceso selectivo, el Órgano de Selección tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes hubiese incurrido en falsedades en los documentos aportados a la convocatoria para acreditar los requisitos exigidos en la misma, o en los méritos a valorar en la fase de concurso, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Presidencia del Consorcio Sanitario de Tenerife, comunicando, a los efectos legales que procedan, las falsedades en que incurrió el aspirante.
. Requisitos generales:1.1. Haber cumplidos 18 años de edad, antes de la finalización del plazo de presentación de instancia.
1.2. Poseer nacionalidad española o cualquiera otra que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales.
1.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que se concurra.
1.4. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones objeto de la plaza, ni hallarse separado ni haber sido despedido, mediante expediente disciplinario de la prestación de servicios en cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2. Requisitos específicos:
- Para las ocho plazas de Médicos Adjuntos de Anestesiología y Reanimación: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Anestesiología y Reanimación.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Aparato Digestivo: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Aparato Digestivo.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Obstetricia y Ginecología: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Obstetricia y Ginecología.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Hematología y Hemoterapia: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Hematología y Hemoterapia.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Neumología: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Neumología.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Neurocirugía: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Neurocirugía.
- Para las dos plazas de Médicos Adjuntos de Oftalmología: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Oftalmología.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Oncología Médica: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Oncología Médica.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Radiodiagnóstico: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Radiodiagnóstico.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Rehabilitación: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Rehabilitación.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Traumatología y Cirugía Ortopédica: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Traumatología y Cirugía Ortopédica.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Medicina Intensiva: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con la Especialidad en Medicina Intensiva.
- Para la plaza de Médico Adjunto de Urgencias: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía con cualquier Especialidad o certificación prevista en el artº. 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicios de las funciones de Médicos de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.
- Para una plaza de Facultativo Adjunto de Microbiología y Parasitología: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía o Licenciado en Farmacia o Licenciado en Ciencias Biológicas o Licenciado en Ciencias Químicas con la Especialidad en Microbiología y Parasitología. Además acreditar experiencia profesional en el campo de la Epidemiología y control de las Infecciones Hospitalarias.
- Para otra plaza de Facultativo Adjunto de Microbiología y Parasitología: estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía o Licenciado en Farmacia o Licenciado en Ciencias Biológicas o Licenciado en Ciencias Químicas con la Especialidad en Microbiología y Parasitología.
Se deberá estar en posesión de la titulación, así como de la experiencia profesional requerida para la plaza a la que se concurra o en condición de obtenerla en el plazo de presentación de instancias a esta convocatoria.
3. Sistema selectivo:
3.1. Fase de oposición:
Esta fase consistirá en lo siguiente:
3.1.1. La exposición, defensa y evaluación de un Proyecto Técnico que contenga, al menos, los siguientes epígrafes con respecto al puesto a cubrir:
EPÍGRAFES PRECEPTIVOS
Definición del puesto.
Funciones del puesto.
Situación del puesto en el organigrama del Servicio.
Propuesta de objetivos anuales del puesto con indicadores de gestión (calidad y producción).
Propuesta de Programación de la actividad del puesto (diaria, semanal, mensual y anual), en función de los objetivos.
Todos los epígrafes deberán referirse, preferentemente, al Consorcio Sanitario de Tenerife y a sus zonas de salud de referencia, haciendo alusión en cada epígrafe, a las vertientes asistenciales, docentes y de investigación.
La exposición del proyecto técnico será oral, libre (no leída) y no pública, con o sin apoyo de medios audiovisuales, durante veinte minutos, ante el Órgano de Selección, por cada uno de los candidatos. Al término de la exposición, los miembros del Órgano de Selección podrán realizar un turno de preguntas referidas al proyecto técnico expuesto. Cada uno de los miembros del Órgano de Selección puntuará la exposición del proyecto técnico de 0 a 10 puntos. Para realizar el cálculo final de dicha exposición se realizará la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Órgano de Selección, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas, o en su caso, una de las que aparezca repetida como tales. Esta prueba tiene carácter eliminatorio (puntuación mínima 5 sobre 10).
3.1.2. Supuestos teórico-prácticos, relacionados con la plaza a cubrir. Se proporcionarán simultáneamente a los aspirantes dos supuestos teórico-prácticos, elegidos por sorteo entre cuatro, que desarrollarán por escrito, con letra legible, durante treinta minutos por cada supuesto. Una vez finalizada la prueba se custodiarán en sobre cerrado e individualizado por los Secretarios de los Órganos de Selección. La exposición de los supuestos teórico-prácticos se hará mediante lectura literal, por cada candidato, ante los miembros de los Órganos de Selección. Se valorará con una única puntuación de 0 a 10, teniendo carácter eliminatorio (puntuación mínima 5 sobre 10), otorgada por unanimidad, entre los miembros de los Órganos de Selección que tengan la misma Especialidad de la plaza a cubrir.
3.2. Fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán recoger el Documento de Autobaremación (anexo II de las bases genéricas mencionadas) en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife o en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Una vez cumplimentado dicho Documento de Autobaremación deberán presentarlo, en las Áreas de Información mencionadas, para participar en la fase de concurso, conjuntamente con los méritos originales o compulsados, según el orden recogido en dicho Documento y en la forma establecida en la base undécima de las presentes bases, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, de la certificación del acta del Órgano de Selección donde se recogerán los resultados de la fase de oposición.
3.3. Entrevista personal estructurada, de carácter no eliminatorio:
El objeto de la entrevista personal estructurada será valorar las competencias genéricas propias del perfil competencial del puesto a cubrir, entre las siguientes: Análisis de Problemas y Toma de Decisiones, Autocontrol Emocional, Conocimiento de la Estructura Formal de la Organización, Dirección de Personas, Educación para la Salud, Eficiencia en el Trabajo, Interrelación con el Usuario, Orientación al Logro, Seguridad y Salud y Trabajo en Equipo. La puntuación a otorgar, por cada miembro del Órgano de Selección, en cada competencia genérica incluida en la valoración de la entrevista personal estructurada, será de 0 a 1 punto. La puntuación final que otorgue el Órgano de Selección, a cada candidato, será la media aritmética de las otorgadas por cada uno de ellos, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales, que será expresada en una escala de 0 a 10.
Ver anexos - páginas 17837-17838
1. Requisitos generales:1.1. Haber cumplidos 18 años de edad, antes de la finalización del plazo de presentación de instancia.
1.2. Poseer nacionalidad española o cualquiera otra que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales.
1.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que se concurra.
1.4. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones objeto de la plaza, ni hallarse separado ni haber sido despedido, mediante expediente disciplinario de la prestación de servicios en cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2. Requisitos específicos:
- Para las cuatro plazas de Matronas: estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Enfermería con la Especialidad en Enfermería Obstétrico-Ginecológica o equivalente.
- Para las tres plazas de Enfermeros (Especialistas en Salud Mental): estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente con la Especialidad en Salud Mental.
- Para las cuarenta y seis plazas de Enfermeros: estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente.
- Para las cuatro plazas de Fisioterapeutas: estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Fisioterapia o equivalente.
- Para las cinco plazas de Técnicos Especialistas en Laboratorio: estar en posesión del título de Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico o Formación Profesional de Segundo Grado equivalente.
- Para las dos plazas de Técnicos Especialistas en Radiodiagnóstico: estar en posesión del título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico o Formación Profesional de Segundo Grado equivalente.
- Para las cincuenta y cuatro plazas de Auxiliares de Enfermería: estar en posesión del título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Formación Profesional de Primer Grado equivalente.
3. Sistema selectivo:
3.1. Fase de oposición:
Consistirá en la realización de una prueba teórico-práctica, debiéndose contestar a un cuestionario tipo test, con 4 respuestas alternativas, donde sólo una de ellas es correcta, con un mínimo de 50 y un máximo de 100 preguntas que versarán sobre el contenido de los programas, aprobados por Decreto de la Gerencia nº 156/2004, anunciados en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 26 de abril de 2004 y publicados en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la página web www.huc.es. La hoja de respuesta será autocopiativa, pudiendo el candidato conservar una copia de la misma. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10), obteniéndose la puntuación a través de la siguiente formula: Puntuación prueba teórico-práctica = ((Nº de repuestas acertadas - (Nº de repuestas erróneas / 3)) / Total de preguntas del cuestionario) x 10. Además, se realizará una prueba psicotécnica, que valorará las competencias (motivos, rasgos de personalidad, actitudes y/o valores) propias del perfil competencial de cada categoría profesional, objeto de la presente convocatoria, que se calificará con apto o no apto (teniendo carácter eliminatorio), atendiendo a su adecuación con el perfil competencial ideal de cada categoría profesional.
3.2. Fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán recoger el Documento de Autobaremación (anexo II de las bases genéricas mencionadas) en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife o en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Una vez cumplimentado dicho Documento de Autobaremación deberán presentarlo, en las Áreas de Información mencionadas, para participar en la fase de concurso, conjuntamente con los méritos originales o compulsados, según el orden recogido en dicho Documento y en la forma establecida en la base undécima de las presentes bases, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, de la certificación del acta del Órgano de Selección donde se recogerán los resultados de la fase de oposición.
3.3. Entrevista personal estructurada, de carácter no eliminatorio:
El objeto de la entrevista personal estructurada será valorar las competencias genéricas propias del perfil competencial del puesto a cubrir, entre las siguientes: Análisis de Problemas y Toma de Decisiones, Autocontrol Emocional, Conocimiento de la Estructura Formal de la Organización, Dirección de Personas, Educación para la Salud, Eficiencia en el Trabajo, Interrelación con el Usuario, Orientación al Logro, Seguridad y Salud y Trabajo en Equipo. La puntuación a otorgar, por cada miembro del Órgano de Selección, en cada competencia genérica incluida en la valoración de la entrevista personal estructurada, será de 0 a 1 punto. La puntuación final que otorgue el Órgano de Selección, a cada candidato, será la media aritmética de las otorgadas por cada uno de ellos, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales, que será expresada en una escala de 0 a 10.
Ver anexos - páginas 17840-17841
1. Requisitos generales:1.1. Haber cumplidos 18 años de edad, antes de la finalización del plazo de presentación de instancia.
1.2. Poseer nacionalidad española o cualquiera otra que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales.
1.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que se concurra.
1.4. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones objeto de la plaza, ni hallarse separado ni haber sido despedido, mediante expediente disciplinario de la prestación de servicios en cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2. Requisitos específicos:
- Para la plaza de Asistente Social: estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Trabajo Social o Asistente Social.
- Para las treinta y dos plazas de Auxiliares Administrativos: estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente.
- Para las dos plazas de Auxiliares de Farmacia y Material Sanitario: estar en posesión del título de Bachiller Superior.
- Para las dos plazas de Auxiliares de Recepción y Archivo: estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
- Para las tres plazas de Auxiliares de Almacén: estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
- Para las dos plazas de Ordenanzas: estar en posesión del Certificado Escolaridad.
- Para las cuatro plazas de Operarios de Limpieza: estar en posesión del Certificado Escolaridad.
- Para las diez plazas de Operarios de Lavandería: estar en posesión del Certificado Escolaridad.
- Para las dos plazas de Técnicos Especialistas en Mantenimiento (Mecánica): estar en posesión del título de Técnico Superior en Construcciones Metálicas o Técnico Superior en Producción por Mecanizado o Técnico Superior en Automoción o Técnico Superior en Mantenimiento de Equipo Industrial o Formación Profesional de Segundo Grado equivalente.
- Para las tres plazas de Técnicos Especialistas en Mantenimiento (Electricidad): estar en posesión del título de Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos o Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas o Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control Automáticos o Formación Profesional de Segundo Grado equivalente.
- Para las dos plazas de Técnicos Auxiliares en Mantenimiento (Mecánica): estar en posesión del título de Técnico en Mecanizado o Técnico en Electromecánica de Vehículos o Técnico en Instalación y Mantenimiento Electromecánico y Conducción de Líneas o Formación Profesional de Primer Grado equivalente.
- Para las dos plazas de Técnicos Auxiliares en Mantenimiento (Calderas): estar en posesión del título de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor o Técnico en Soldadura y Calderería o Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo o Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas o Formación Profesional de Primer Grado equivalente.
- Para la plaza de Conductor de 1ª: estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
Además, deberá acreditar estar en posición del Permiso de Conducción, Clase C.
- Para la plaza de Pintor Oficial de 1ª y 2ª: estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
3. Sistema selectivo para las plazas de Asistente Social, Auxiliares Administrativos, Auxiliares de Farmacia y Material Sanitario, Técnicos Especialistas en Mantenimiento, Auxiliares de Recepción y Archivo, Auxiliares de Almacén, Conductor de 1ª, Técnicos Auxiliares en Mantenimiento y Pintor Oficial de 1ª y 2ª:
3.1. Fase de oposición:
Para las plazas convocadas de Asistente Social, Auxiliares de Farmacia y Material Sanitario, Técnicos Especialistas en Mantenimiento, Auxiliares de Recepción y Archivo, Auxiliares de Almacén, Conductor de 1ª, Técnicos Auxiliares en Mantenimiento y Pintor Oficial de 1ª y 2ª consistirá en la realización de una prueba teórico-práctica, debiéndose contestar a un cuestionario tipo test, con 4 respuestas alternativas, donde sólo una de ellas es correcta, con un mínimo de 50 y un máximo de 100 preguntas que versarán sobre el contenido de los programas, aprobados por Decreto de la Gerencia nº 156/2004, anunciados en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 26 de abril de 2004 y publicados en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la página web www.huc.es. La hoja de respuesta será autocopiativa, pudiendo el candidato conservar una copia de la misma. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10), obteniéndose la puntuación a través de la siguiente formula: Puntuación prueba teórico-práctica = ((Nº de repuestas acertadas - (Nº de repuestas erróneas / 3)) / Total de preguntas del cuestionario) x 10. Además, se realizará una prueba psicotécnica, que valorará las competencias (motivos, rasgos de personalidad, actitudes y/o valores) propias del perfil competencial de cada categoría profesional, objeto de la presente convocatoria, que se calificará con apto o no apto (teniendo carácter eliminatorio), atendiendo a su adecuación con el perfil competencial ideal de cada categoría profesional.
Para las plazas convocadas de Auxiliares Administrativos se realizará una prueba teórica, que consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test con 4 respuestas alternativas, donde sólo una de ellas es correcta, con un mínimo de 50 y un máximo de 100 preguntas y versarán sobre el contenido del programa, aprobado por Decreto de la Gerencia nº 156/2004, anunciado en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 26 de abril de 2004 y publicado en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la página web www.huc.es. La hoja de respuesta será autocopiativa, pudiendo el candidato conservar una copia de la misma. La prueba teórica tendrá carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10). Esta puntuación se obtendrá a través de la siguiente formula: Puntuación prueba teórica = ((Nº de repuestas acertadas - (Nº de repuestas erróneas / 3)) / Total de preguntas del cuestionario) x 10. Además, se realizará una prueba práctica, que contendrá dos ejercicios, uno de ortografía (dictado) y otro de informática. El ejercicio de ortografía consistirá en un texto dictado, con un mínimo de 250 y un máximo de 500 palabras, donde se computará como un error la ausencia de letra, la letra errónea, la ausencia de palabra, la palabra errónea, la ausencia de mayúscula, la mayúscula errónea, la ausencia de signo ortográfico y/o el signo ortográfico erróneo. Este ejercicio tiene carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10). El ejercicio de informática versará sobre el contenido de informática recogido en el programa anteriormente mencionado, consistente en la resolución de una prueba de tratamiento de texto (Word), hoja de cálculo (Excel) y base de datos (Access), teniendo carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10). Asimismo, se realizará una prueba psicotécnica, que valorará las competencias (motivos, rasgos de personalidad, actitudes y/o valores) propias del perfil competencial del Auxiliar Administrativo, que se calificará con apto o no apto (teniendo carácter eliminatorio), atendiendo a su adecuación con el perfil competencial ideal de la mencionada categoría profesional.
3.2. Fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán recoger el Documento de Autobaremación (anexo II de las bases genéricas mencionadas) en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife o en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Una vez cumplimentado dicho Documento de Autobaremación deberán presentarlo, en las Áreas de Información mencionadas, para participar en la fase de concurso, conjuntamente con los méritos originales o compulsados, según el orden recogido en dicho Documento y en la forma establecida en la base undécima de las presentes bases, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, de la certificación del acta del Órgano de Selección donde se recogerán los resultados de la fase de oposición.
3.3. Entrevista personal estructurada, de carácter no eliminatorio:
El objeto de la entrevista personal estructurada será valorar las competencias genéricas propias del perfil competencial del puesto a cubrir, entre las siguientes: Análisis de Problemas y Toma de Decisiones, Autocontrol Emocional, Conocimiento de la Estructura Formal de la Organización, Dirección de Personas, Educación para la Salud, Eficiencia en el Trabajo, Interrelación con el Usuario, Orientación al Logro, Seguridad y Salud y Trabajo en Equipo. La puntuación a otorgar, por cada miembro del Órgano de Selección, en cada competencia genérica incluida en la valoración de la entrevista personal estructurada, será de 0 a 1 punto. La puntuación final que otorgue el Órgano de Selección, a cada candidato, será la media aritmética de las otorgadas por cada uno de ellos, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales, que será expresada en una escala de 0 a 10.
Ver anexos - páginas 17843-17844
4. Sistema selectivo para las plazas de Ordenanzas, Operarios de Limpieza y Operarios de Lavandería:4.1. Fase de concurso:
Los aspirantes que hayan resultado admitidos deberán recoger el Documento de Autobaremación (anexo II de las bases genéricas mencionadas) en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife o en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Una vez cumplimentado dicho Documento de Autobaremación deberán presentarlo, en las Áreas de Información mencionadas, para participar en la fase de concurso, conjuntamente con los méritos originales o compulsados, según el orden recogido en dicho Documento y en la forma establecida en la base undécima de las presentes bases, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, de la certificación del acta del Órgano de Selección donde se recogerá la "lista definitiva de admitidos".
4.2. Entrevista personal estructurada, de carácter no eliminatorio:
El objeto de la entrevista personal estructurada será valorar las competencias genéricas propias del perfil competencial del puesto a cubrir, entre las siguientes: Análisis de Problemas y Toma de Decisiones, Autocontrol Emocional, Conocimiento de la Estructura Formal de la Organización, Dirección de Personas, Educación para la Salud, Eficiencia en el Trabajo, Interrelación con el Usuario, Orientación al Logro, Seguridad y Salud y Trabajo en Equipo. La puntuación a otorgar, por cada miembro del Órgano de Selección, en cada competencia genérica incluida en la valoración de la entrevista personal estructurada, será de 0 a 1 punto. La puntuación final que otorgue el Órgano de Selección, a cada candidato, será la media aritmética de las otorgadas por cada uno de ellos, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales, que será expresada en una escala de 0 a 10.
écima.- Lista de contratación temporal y reserva.60 Ayudantes de Cocina.
1. Requisitos generales:
1.1. Haber cumplidos 18 años de edad, antes de la finalización del plazo de presentación de instancia.
1.2. Poseer nacionalidad española o cualquiera otra que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales.
1.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que se concurra.
1.4. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones objeto de la plaza, ni hallarse separado ni haber sido despedido, mediante expediente disciplinario de la prestación de servicios en cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2. Requisitos específicos:
- Para la constitución de una Lista de Contratación Temporal y Reserva de 60 Ayudantes de Cocina: estar en posesión del título de Técnico en Cocina o Formación Profesional de Primer Grado equivalente.
3. Sistema selectivo:
3.1. Fase de oposición:
Consistirá en la realización de una prueba teórico-práctica, debiéndose contestar a un cuestionario tipo test, con 4 respuestas alternativas, donde sólo una de ellas es correcta, con un mínimo de 50 y un máximo de 100 preguntas que versarán sobre el contenido del programa, aprobado por Decreto de la Gerencia nº 156/2004, anunciados en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 26 de abril de 2004 y publicado en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la página web www.huc.es. La hoja de respuesta será autocopiativa, pudiendo el candidato conservar una copia de la misma. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio (puntuación mínima de 5 sobre 10), obteniéndose la puntuación a través de la siguiente formula: Puntuación prueba teórico-práctica = ((Nº de repuestas acertadas - (Nº de repuestas erróneas / 3)) / Total de preguntas del cuestionario) x 10. Asimismo, se realizará una prueba psicotécnica, que valorará las competencias (motivos, rasgos de personalidad, actitudes y/o valores) propias del perfil competencial del Ayudante de Cocina, que se calificará con apto o no apto (teniendo carácter eliminatorio), atendiendo a su adecuación con el perfil competencial ideal de la mencionada categoría profesional.
3.2. Fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán recoger el Documento de Autobaremación (anexo II de las bases genéricas mencionadas) en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife, sita en la planta baja del Pabellón de Gobierno, Ofra, s/n, La Cuesta, c.p. 38320, La Laguna, Santa Cruz de Tenerife o en el Área de Información de la Dirección de Recursos Humanos mencionada, ubicada en las Unidades del Consorcio que se encuentran situadas en el Hospital Psiquiátrico-Febles Campos, calle Domingo J. Manrique, 2, c.p. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Una vez cumplimentado dicho Documento de Autobaremación deberán presentarlo, en las Áreas de Información mencionadas, para participar en la fase de concurso, conjuntamente con los méritos originales o compulsados, según el orden recogido en dicho Documento y en la forma establecida en la base undécima de las presentes bases, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en los tablones de anuncios de esta Administración y en la dirección de internet: www.huc.es, de la certificación del acta del Órgano de Selección donde se recogerán los resultados de la fase de oposición.
3.3. Entrevista personal estructurada, de carácter no eliminatorio:
El objeto de la entrevista personal estructurada será valorar las competencias genéricas propias del perfil competencial del puesto a cubrir, entre las siguientes: Análisis de Problemas y Toma de Decisiones, Autocontrol Emocional, Conocimiento de la Estructura Formal de la Organización, Dirección de Personas, Educación para la Salud, Eficiencia en el Trabajo, Interrelación con el Usuario, Orientación al Logro, Seguridad y Salud y Trabajo en Equipo. La puntuación a otorgar, por cada miembro del Órgano de Selección, en cada competencia genérica incluida en la valoración de la entrevista personal estructurada, será de 0 a 1 punto. La puntuación final que otorgue el Órgano de Selección, a cada candidato, será la media aritmética de las otorgadas por cada uno de ellos, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales, que será expresada en una escala de 0 a 10.
ndécima.- Forma de acreditación de méritos en la fase de concurso.1. Con carácter general:
1.1. Sólo se valorarán los méritos que se encuentren recogidos como tales en el Documento de Autobaremación de la categoría profesional por la que se participe.
1.2. Las acreditaciones presentadas como mérito, mediante original o fotocopia compulsada, que resulten ininteligibles por los miembros del Órgano de Selección, porque estén en idioma diferente al castellano, inglés o alemán, o porque la información que contengan resulte borrosa o confusa, no se valorarán como mérito en el Documento de Autobaremación.
1.3. Las acreditaciones de méritos se valorarán en un solo epígrafe, no pudiéndose baremar un mismo mérito dos veces por conceptos diferentes.
1.4. Cualquier mérito que se acredite se cuantificará en la forma establecida en el Documento de Autobaremación (horas, meses, número de asistencias, etc.). Las acreditaciones que carezcan de tal forma de cuantificación, no serán susceptibles de ser valoradas por el Órgano de Selección.
2. Formación:
2.1. La formación es la asistencia a actividades en calidad de alumno, relacionadas con las funciones de la plaza convocada, después de la obtención del título que capacita como profesional, esto es, el título establecido como requisito específico para la plaza a la que se concursa.
2.2. Las acreditaciones de las actividades formativas, que se presenten como mérito, deberán contener con carácter preceptivo:
- El nombre y apellidos de la persona que participó como alumno en la actividad formativa.
- El número de horas lectivas.
- La fecha de impartición.
- El título de actividad formativa.
- Si del título de la actividad formativa, no se dedujera la relación con las funciones de la plaza convocada, deberá presentarse el programa de dicha actividad.
- Reconocimiento oficial mediante sello, firma y registro de la entidad expedidora, en el caso de que se autobareme la formación en el epígrafe recogido en el "Documento de Autobaremación" con tal valor.
2.3. No se valorarán las actividades formativas que carezcan de alguno de los datos enumerados, ni las actividades formativas que se hayan realizado antes de la obtención de la titulación requerida para el acceso a la presente convocatoria, considerándose exclusivamente la formación recibida después de la obtención del título que capacita como profesional.
2.4. En el caso de que se acrediten varias actividades formativas de las que se deduzca, después de analizados los contenidos, que éstos son coincidentes, constatándose que la materia sobre la que versan dichas actividades comparadas entre sí no supone una ampliación sustancial de conocimientos respecto de la materia de una actividad frente a la/s otra/s, se valorará exclusivamente la actividad formativa con mayor número de horas lectivas. Así mismo, si dichas actividades coincidentes carecen de programa de contenidos se valorará automáticamente la actividad formativa con mayor número de horas lectivas.
2.5. En el caso del mérito recogido en el Documento de Autobaremación de las categorías de los Grupos Profesionales A y B, como "Máster Universitario", relacionado con las funciones de la plaza convocada, deberá acreditarse el mismo, con el título correspondiente o el comprobante de haber abonado las tasas para la obtención de dicho título de Máster. No obstante si se hubieran realizado módulos de Máster, en el caso del Grupo Profesional B en el último año universitario, o después de la obtención del título, en el caso de los Grupos Profesionales A y B, dichos módulos de Máster podrán cuantificarse como mérito en la casilla correspondiente, a las "Actividades Formativas relacionadas con las funciones de la plaza convocada".
2.6. Así mismo, el mérito recogido en el Documento de Autobaremación de las categorías de los Grupos Profesionales A y B, como "Experto Universitario" relacionado con las funciones de la plaza convocada, deberá acreditarse con el título correspondiente o el comprobante de haber abonado las tasas para la obtención de dicho título de Experto. No obstante si se hubieran realizado módulos de Experto en el caso del Grupo Profesional B en el último año universitario, o después de la obtención del título, en el caso de los Grupos Profesionales A y B, dichos módulos de Experto podrán cuantificarse como mérito en la casilla correspondiente, a las "Actividades Formativas relacionadas con las funciones de la plaza convocada".
2.7. En el caso de que con posterioridad a la obtención del título de Experto se haya obtenido el título de Máster, como consecución del estudio de una misma materia, se valorará exclusivamente el título de Máster.
3. Experiencia profesional:
3.1. La experiencia profesional es aquella en la que efectivamente se prestan servicios después de la obtención del título con la misma categoría profesional de la plaza convocada, durante un período determinado y objetivamente cuantificable.
3.2. La acreditación de la experiencia profesional en el Consorcio Sanitario de Tenerife se realizará de oficio por esta Administración, a solicitud del Secretario del Órgano de Selección, mediante certificación expedida por la Dirección de Recursos Humanos.
3.3. La acreditación de la experiencia profesional en Instituciones Públicas o Privadas, que no sean el Consorcio Sanitario de Tenerife, deberá ser acreditada, mediante original o fotocopia compulsada de la certificación de la empresa en la que se hubieran prestado efectivamente los servicios, dicha certificación deberá expedirla la persona responsable de la administración de personal de la empresa, debiendo constar el C.I.F. de la empresa en caso de que ésta sea una empresa privada, la categoría profesional del candidato y los períodos que desempeñó sus funciones como profesional en la misma.
3.4. Se podrá acreditar igualmente el tiempo trabajado en Instituciones Públicas o Privadas, que no sean el Consorcio Sanitario de Tenerife, mediante original o fotocopia compulsada del contrato de trabajo, en el que deberá constar la categoría profesional y el período trabajado (fecha de inicio/fecha de finalización).
3.5. Además del Certificado de Empresa o en su defecto el contrato de trabajo, se deberá adjuntar, un Informe reciente de la Vida Laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de comprobación de los períodos efectivamente trabajados por el aspirante.
Duodécima.- Adjudicación de plazas.
1. Obtenida la puntuación final, el Órgano de Selección publicará en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife la relación por orden de puntuación de los aspirantes seleccionados y elevará la propuesta de los mismos al Consejo de Administración, a través de la Gerencia.
2. Aprobadas por el Consejo de Administración las propuestas de los distintos Órganos de Selección con la designación de los candidatos a ocupar las plazas convocadas, la Gerencia dictará Resolución haciendo pública en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife, la relación de puestos que se ofertan a los aspirantes, para que éstos puedan efectuar su opción a dichos puestos, asignándose por el orden de la puntuación final alcanzada, sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente. Esta asignación de puestos será publicada en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife mediante Decreto de la Gerencia.
3. El trabajador contratado se obliga a prestar los servicios propios de su plaza de acuerdo con la jornada prevista en el Convenio Colectivo vigente, conforme con los horarios y turnos que estén determinados o se establezcan por la Dirección correspondiente, en las Unidades o Servicios, sin adscripción a un puesto de trabajo específico y conforme a los turnos que sea necesario cubrir, de acuerdo expresamente a las necesidades de movilidad funcional que demande esta Administración, incluidas las que requieran las necesidades asistenciales derivadas de la asunción del Área de referencia.
Decimotercera.- Impugnación.
1. Contra la convocatoria, sus bases y demás actos administrativos derivados de las mismas podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Sanitario de Tenerife, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de sus Estatutos, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley de modificación 4/1999, de 13 de enero.
2. Contra la Resolución del Consejo de Administración, acordando el nombramiento de los aspirantes que han obtenido plaza, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio Consejo de Administración, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de los Estatutos de Consorcio Sanitario de Tenerife, en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Notifíquese la presente resolución a la Dirección Médica del Consorcio Sanitario de Tenerife, a la Dirección de Enfermería del Consorcio Sanitario de Tenerife, a la Dirección Administrativa del Consorcio Sanitario de Tenerife, a la Dirección Económico Financiera del Consorcio Sanitario de Tenerife, a la Secretaría General Técnica del Consorcio Sanitario de Tenerife, a la Dirección de Recursos Humanos del Consorcio Sanitario de Tenerife y al Comité de Empresa del Consorcio Sanitario de Tenerife, siendo este último con acuse de recibo y procédase a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en los tablones de anuncios del Consorcio Sanitario de Tenerife y en la dirección de internet: www.huc.es. Los interesados podrán interponer contra la misma recurso de alzada ante la Presidencia del Organismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de sus Estatutos, en los términos previstos en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Laguna, a 21 de septiembre de 2004.- La Gerente, Encarnación Campelo Barcia.
© Gobierno de Canarias