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BOC Nº 055. Viernes 19 de Marzo de 2004 - 410

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

410 - ORDEN de 3 de marzo de 2004, por la que se delega en la Secretaría General Técnica del Departamento la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal.

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Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El artículo 14.1.c) de la Ley 22/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2004, atribuye a los titulares de los Departamentos la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.2, apartados a) y b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; y anexo I de la propia Ley 22/2003, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2.

Segundo.- Los expedientes de ampliación de créditos conllevan un conjunto de trámites formales que pueden acarrear retrasos innecesarios en la gestión de la nómina. Por ello se estima oportuno delegar en la Secretaría General Técnica, la facultad para autorizar la ampliación de los créditos de dicha naturaleza, en el ámbito del Departamento, excluidos los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

Y a los que son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

II.- Circunstancias de índole técnica aconsejan delegar la competencia a que se refiere el artículo 14.1.c) de la Ley 22/2003, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2004, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión presupuestaria.

III.- Por su parte, el artículo 37 de la ya citada Ley 22/2003, atribuye a las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos la autorización y disposición de los gastos derivados de la gestión de personal.

En su virtud, y en uso de la autorización contenida en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia consistente en autorizar la ampliación de créditos que amparen los gastos de personal a que se refiere el artículo 14.1.c) de la Ley 22/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2004, a excepción de los Organismos Autónomos adscritos al Departamento.

Segundo.- La delegación conferida por la presente Orden se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación por parte del titular del Departamento.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2004.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María del Mar Julios Reyes.

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