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Habiéndose intentado notificar a Dña. Lucía C. Hernández Ruiz el Pliego de Cargos de fecha 20 de septiembre de 2000, recaído en el expediente de desahucio administrativo nº 48/00, seguido por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicataria, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza I-10, bloque B, piso 3º, vivienda B-13, resultando infructuosa su entrega y siendo ignorado el paradero de Dña. Lucía C. Hernández Ruiz a efectos de la notificación de dicho trámite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda,
R E S U E L V E:
Notificar a Dña. Lucía C. Hernández Ruiz lo siguiente:
"Vista la Resolución de la Dirección General de Vivienda, de fecha 20 de septiembre de 2002, por la que se incoa expediente de desahucio administrativo nº 48/00 y de acuerdo con lo previsto en los artículos 138 y 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nº 216, de 7 de julio), por el presente le notifico a Vd. el siguiente Pliego de Cargos:
No destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicataria, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza I-10, bloque B, piso 3º, vivienda B-13, constituyendo motivo de desahucio administrativo a tenor de lo previsto en la causa sexta del artículo 138 del citado Reglamento.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del mencionado Reglamento se le notifica que dispondrá de un plazo de ocho días, a partir del siguiente al de la recepción de la presente, para que formule por escrito las alegaciones y en su caso, proponga las pruebas que considere oportunas para su descargo, significándole que transcurrido el plazo señalado sin cumplimiento, se le declarará decaída en su derecho al referido trámite, continuándose la tramitación del expediente en su contra incoado."
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de noviembre de 2002.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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