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En cumplimiento del Acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 28 de octubre de 1998, en relación con el recurso contencioso-administrativo nº 01/0002187/1998, interpuesto por la Mesa Electoral de la Cofradía de Pescadores de Corralejo, sobre Resolución de 9 de junio de 1998, del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Pesca, por la que se estima el recurso ordinario formulado por D. José Jesús Perdomo Santana, anulando la Resolución de la Mesa Electoral de fecha 18 de febrero de 1998, y conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, esta Secretaría General Técnica, en ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas,
R E S U E L V E:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nº 01/0002187/1998, interpuesto por la Mesa Electoral de la Cofradía de Pescadores de Corralejo, sobre Resolución de 9 de junio de 1998, del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Pesca, por la que se estima el recurso ordinario formulado por D. José Jesús Perdomo Santana, y se anula la Resolución de la Mesa Electoral de fecha 18 de febrero de 1998.
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos prevenidos en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que todos los interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 01/0002187/1998, puedan comparecer ante la citada Sala en el plazo de nueve días contados a partir de la publicación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de diciembre de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Cosío Romero.
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