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BOC-A-2022-214-3247.
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Vista la Resolución de 16 de agosto de 2022 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos, Especialidad de Ingenieros Industriales (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 9 de noviembre de 2021 (BOC nº 238, de 19.11.2021), proponiendo a la única persona seleccionada.
Y de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de las bases generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29.12.2016), así como en el punto 14 de las bases específicas del proceso selectivo de referencia, esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.- Publicar la persona seleccionada en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos, Especialidad de Ingenieros Industriales (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 9 de noviembre de 2021 (BOC nº 238, de 19.11.2021), indicada en el Anexo I de esta Resolución.
Segundo.- En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 7 de las bases generales y en el punto 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento por parte de la persona aspirante seleccionada en la solicitud de participación en las pruebas. La persona seleccionada que no haya prestado el citado consentimiento deberá aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales a través de la sede electrónica y punto general de acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/).
Tercero.- La persona aspirante seleccionada, haya prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberá presentar en el citado plazo de 20 días hábiles la declaración responsable a que hace referencia el artículo 14.3 de las bases generales, de acuerdo con el formulario disponible al efecto en sede electrónica y punto general de acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/).
En el supuesto de que la persona seleccionada haya prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se le concederá un plazo de 10 días hábiles para que presente la acreditación documental del mismo, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Cuarto.- Si dentro del plazo fijado y salvo supuesto de fuerza mayor apreciado, la persona seleccionada no presentase la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se hubiese podido constatar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carece de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
No obstante, si se produjera alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, o si se produjera la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión y con el fin de asegurar la cobertura de plazas, la Dirección General de la Función Pública podrá requerir del Tribunal Calificador relación complementaria de la persona aspirante que siga a la propuesta, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Quinto.- Ofertar el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo II de esta Resolución, al objeto de que la persona aspirante seleccionada manifieste su preferencia en relación al mismo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7759
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 2022.- La Directora General de la Función Pública, Montserrat García Santana.
ANEXO I
Ver anexo en la página 41470 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en la página 41471 del documento Descargar
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