Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 206. Martes 18 de octubre de 2022 - 3133

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. Otras Resoluciones - Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

3133 ORDEN conjunta de 5 de octubre de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de una Unidad Administrativa de carácter Provisional en la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, y se amplía y complementa la Orden de 15 de marzo de 2022, conjunta de ambos Departamentos, mediante la creación de nuevos puestos de trabajo de carácter coyuntural y la modificación de determinados puestos estructurales, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Consejería, aprobado el 28 de julio de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU».

51 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 577.07 Kb.
BOC-A-2022-206-3133. Firma electrónica - Descargar

El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

El citado Decreto Ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).

Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros aprobó el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAP).

El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.

De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fechas 19 de octubre de 2021 (la primera de las Direcciones Generales citadas) y 10 de noviembre de 2021, por la Dirección General de la Función Pública.

En sesión celebrada el 9 de diciembre de 2021, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de Función pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en la que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley), los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.

Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 1 de febrero
de 2022, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo formula iniciativa en orden a la creación de puestos de trabajo de carácter coyuntural previstos en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado el 9 de diciembre de 2021, lo que, previos los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 15 de marzo de 2022, publicada en el
BOC nº 57, de 22 de marzo de 2022.

En fecha 6 de abril de 2022, por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del Departamento aprobado el 9 de diciembre de 2021, reiterándose el 13 de mayo de 2022. Finalmente, el 19 de julio de 2022 se formula una última versión de la modificación propuesta. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, el informe favorable previo de las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en relación con la modificación propuesta fueron emitidos con fechas 11 de abril y 8 de julio de 2022, respectivamente. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, en su sesión del 28 de julio de 2022.

Finalmente, y de nuevo conforme a las previsiones del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, en fecha 8 de agosto de 2022, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo formula iniciativa en orden a la constitución de la Unidad Administrativa de carácter Provisional prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, tras la modificación del mismo aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza en su sesión del 28 de julio de 2022, así como a la creación de los nuevos puestos de trabajo de carácter coyuntural y a la modificación de determinados puestos estructurales, en los términos previstos en la citada modificación del IPE de dicho Departamento.

En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégico, tras la modificación aprobada el 28 de julio de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 15 de septiembre de 2022, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, los Consejeros de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos,

RESUELVEN:

Primero.- Aprobar la constitución de la siguiente Unidad Administrativa de carácter Provisional (UAP) en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en su sesión del 9 de diciembre de 2021, en los términos en que ha quedado tras la modificación del mismo, aprobada por dicha Comisión el 28 de julio de 2022.

Unidad Administrativa Provisional: UAP “APOYO A LA GESTIÓN, SEGUIMIENTO DE LOS FONDOS «NEXT GENERATION EU» Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE.

Segundo.- La citada Unidad Administrativa de carácter Provisional, adscrita directamente a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, queda constituida por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose inicialmente una vigencia de la misma hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados. Transcurrido el plazo señalado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, los puestos de trabajo provenientes, en su caso, de la relación de puestos de trabajo adscritos a las unidades administrativas provisionales, serán reasignados a sus respectivas unidades de origen.

Tercero.- La estructura organizativa de la citada Unidad Administrativa de carácter Provisional será la que se refleja en el Anexo I a esta Orden, en el cual refleja igualmente la estructura organizativa y la dotación de puestos del Área de Coordinación e Interrelación, Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información en la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, una vez consolidadas las creaciones y modificaciones previstas en el dispositivo sexto de esta Orden.

Cuarto.- Para el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas a la misma, la Unidad Administrativa de carácter Provisional que por esta Orden se constituye contará inicialmente con los puestos de trabajo de carácter coyuntural que se contienen en el Anexo II de esta Orden.

Quinto.- Reforzar los Servicios estructurales de la Secretaría General Técnica del Departamento, de forma que puedan asumir la mayor carga de trabajo y asegurar el correcto funcionamiento de los Centros Directivos con funciones de gestión de fondos, mediante la creación y modificación de los puestos de trabajo que se reflejan en los Anexos III y IV, respectivamente.

Sexto.- Reforzar los Servicios estructurales de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI), de forma que puedan asumir la mayor carga de trabajo y asegurar la máxima eficiencia en la gestión de fondos, mediante la creación y modificación de los puestos de trabajo que se reflejan en los Anexos V y VI, respectivamente.

Séptimo.- A resultas de las creaciones y modificaciones detalladas en los anexos a que se refieren los apartados precedentes, y de la adecuación de la estructura organizativa interna resultante de las mismas, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa de la Secretaría General Técnica y Organismo Autónomo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo afectados por las mismas queda en los términos que reflejan los siguientes anexos de esta orden:

Anexo VII (Secretaría General Técnica).

Anexo VIII (Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información).

Octavo.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2022.

EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Julio Manuel Pérez Hernández.

EL CONSEJERO DE HACIENDA,
PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS,
Román Rodríguez Rodríguez.

ANEXO I

Ver anexo en las páginas 40296-40297 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en la página 40298 del documento Descargar

ANEXO III

Ver anexo en las páginas 40299-40300 del documento Descargar

ANEXO IV

Ver anexo en la página 40301 del documento Descargar

ANEXO V

Ver anexo en las páginas 40302-40304 del documento Descargar

ANEXO VI

Ver anexo en la página 40305 del documento Descargar

ANEXO VII

Ver anexo en las páginas 40306-40325 del documento Descargar

ANEXO VIII

Ver anexo en las páginas 40326-40341 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias