Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 259.83 Kb.
BOC-A-2021-153-3610.
Firma electrónica
- Descargar
La Asociación de Viticultores y Bodegueros de Canarias -AVIBO-, actuando como órgano de gestión de la denominación de origen protegida (DOP) Islas Canarias presenta ante el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria una solicitud de modificaciones normales en el pliego de condiciones de la citada DOP.
Examinada la solicitud presentada, se considera que cumple las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
El artículo 17, apartado 2 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, establece que si el Estado miembro considera que se cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 1308/2013 y las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, podrá aprobar y hacer pública la modificación normal. Asimismo dispone que la decisión de aprobación incluirá el documento único consolidado modificado, cuando proceda, y el pliego de condiciones consolidado modificado.
Las modificaciones solicitadas por AVIBO para el pliego de condiciones DOP Islas Canarias son modificaciones normales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 del mencionado Reglamento Delegado 2019/33, y como tal no requiere de un procedimiento nacional de oposición.
La asociación que presenta la solicitud de modificación es la misma que la que fue solicitante del registro de la DOP Islas Canarias.
Visto el informe propuesta del Servicio de Coordinación del Área Técnica y en virtud de las competencias otorgadas en el artículo 8, apartado 5 en concordancia con el apartado 4.b)del mismo artículo del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, aprobada por el Decreto 213/2008, de 4 de noviembre (BOC nº 229, de 14.11.2008),
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar las modificaciones normales del pliego de condiciones de los vinos con denominación de origen protegida Islas Canarias, solicitadas por AVIBO.
Segundo.- Publicar el documento único consolidado modificado y el pliego de condiciones consolidado modificado de los vinos con denominación de origen protegida "Islas Canarias" que pueden consultarse en las siguientes direcciones electrónicas:
* https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/agp/icca/galerias/doc/calidad/Pliego-de-Condiciones-Islas-Canarias-modificado-1.pdf
* https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/agp/icca/galerias/doc/calidad/Documento-Unico-Modificado-Islas-Canarias.pdf
Tercero.- Las modificaciones del pliego de condiciones aprobadas son aplicables en España desde la fecha de publicación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, será aplicable en el territorio de la Unión una vez hayan sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, o hechas públicas por la Comisión en los sistemas de información a que se refiere el artículo 32 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado de igual forma, con los efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de julio de 2021.- El Director , José Basilio Pérez Rodríguez.
© Gobierno de Canarias