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La base 6, apartado 2, de la Orden de 11 de octubre de 2007 (B.O.C. nº 209, de 19.10.07), por la que se convocan para el ejercicio 2007 ayudas al sector tomatero de Canarias, atribuye a la Dirección General de Agricultura la competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas objeto de regulación en la citada Orden.
El artículo 31, apartado 3, de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.
Circunstancias de índole técnica, aconsejan delegar en el Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, la competencia a que se refiere la base 6, apartado 2, de la Orden de 11 de octubre de 2007, al objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión de las ayudas al sector tomatero en las Islas Canarias.
En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en el Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, la competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas al sector tomatero de Canarias contempladas en la Orden de 11 de octubre de 2007.
Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de la competencia delegada por la presente Resolución, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por su titular.
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuarto.- La presente delegación surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 2007.- El Director General de Agricultura, Domingo Antonio Bueno Marrero.
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